
El administrado antes de recibir la Resolución o acuerdo administrativo, recibirá varias notificaciones (incoación, propuesta de resolución, imposición de multa…) en las que la Administración le comunicará, que dispone de un corto plazo de tiempo, fijados por la Ley, para llevar a cabo el trámite de que se trate (formular alegaciones, presentar recurso…).
Concluida la tramitación del expediente, la Administración (Ministerio, Consejería, Dirección General, Agencia, Ayuntamiento …) le notificará la Resolución con la decisión final de que se trate.
